Deducciones fiscales por muestrarios

Certificamos la realización de prototipos de muestrarios por parte de empresas del sector textil, calzado, curtido, marroquinería, juguete, mueble y madera, para la obtención de una deducción fiscal del 12%, siempre que se considere Innovación Tecnológica, conforme al art. 35 de la LIS 27/2014. 

El desarrollo de muestrarios puede generar un ahorro fiscal directo y seguro para empresas del sector textil, calzado, curtido, marroquinería, juguete, mueble y madera que crean nuevas colecciones de productos. 

Cuando el muestrario cumple los requisitos técnicos y documentales exigidos por la normativa, su desarrollo se considera actividad de Innovación Tecnológica (IT), conforme al artículo 35 de la LIS 27/2014, se les permite aplicar una deducción fiscal del 12% en el Impuesto sobre Sociedades.  

En ACERTA analizamos, estructuramos y certificamos técnicamente los muestrarios para que las empresas puedan optar al Informe Motivado Vinculante (IMV) y aplicar correctamente las deducciones fiscales por muestrarios con la máxima seguridad jurídica. 

¿Qué es un muestrario a efectos fiscales?

A nivel fiscal, un muestrario se encuadra dentro de la Innovación Tecnológica (IT) y es un conjunto de prototipos desarrollados para crear, definir y validar nuevas colecciones que aún no han sido introducidas en el mercado. 

No son productos comerciales destinados a venta, sino: 

  • Prototipos técnicos. 
  • Elementos de validación estructural o funcional. 
  • Desarrollo creativo con documentación técnica asociada. 

En este sentido, las deducciones fiscales por desarrollo de muestrarios se apoyan en el siguiente marco legal: 

Cómo funcionan las deducciones por muestrarios

Las deducciones por muestrarios son especialmente relevantes en sectores con renovación constante de producto, como textil, calzado, marroquinería y curtidos, madera y mueble o juguetes. 

Su funcionamiento es sencillo, aunque cada sector presenta criterios técnicos específicos: 

  • Fases deducibles: solo son deducibles los gastos asociados a las fases 2 y 3, de Diseño y definición, y de Materialización de prototipos. 
  • Gastos deducibles: diseño, fichas técnicas, planos, moldes o patrones, fabricación de prototipos, materiales, pruebas, mano de obra directa, colaboraciones externas o fotografía técnica. 
  • Gastos no deducibles: estudios de mercado, marketing, catálogos comerciales, producción para venta, viajes, compras de tendencias u otros gastos indirectos. 

Para aplicar la deducción, es necesario cumplir ciertos requisitos clave: 

  • Acreditar que se trata de un muestrario real con prototipos y documentación técnica. 
  • Justificar la novedad técnica o de diseño a través de elementos diferenciadores. 
  • Contar con evidencias suficientes como fichas técnicas, patrones, prototipos, pruebas o catálogos técnicos. 
  • Imputar correctamente los gastos por fases respetando los límites establecidos según la facturación anual de la empresa. 
  • Contar con una auditoría contable y certificación técnica que de acceso al Informe Motivado Vinculante y aporte seguridad jurídica.

Beneficios de certificar tus muestrarios

Ahorro fiscal directo
12 % de los gastos aceptados

Seguridad jurídica ante la Administración Tributaria​

Optimización del proceso
de innovación y trazabilidad interna

Mejora competitiva,
mayor rigor técnico y velocidad

Incentivo a la inversión
en innovación
y desarrollo

Cómo te ayuda ACERTA con tus muestrarios

Si tu empresa desarrolla nuevas colecciones cada año, es posible que estés dejando pasar un incentivo fiscal relevante. 

En ACERTA evaluamos la viabilidad técnica y fiscal de tus muestrarios y te acompañamos durante todo el proceso de certificación y aplicación de la deducción.   

Realizamos un análisis técnico y documental integral para garantizar que el muestrario: 

  • Cumple los criterios de Innovación Tecnológica. 
  • Está correctamente delimitado por fases. 
  • Tiene gastos individualizados y trazables. 
  • Cuenta con la documentación técnica necesaria. 
  • Puede optar a certificación e Informe Motivado Vinculante.

¿Quieres certificar tus muestrarios para aplicar a una deducción fiscal? 

Ventajas de trabajar con ACERTA

Nuestro enfoque combina rigor técnico y experiencia contrastada. 

Más de 10 años de experiencia en I+D+i

Entidad acreditada
por ENAC

Especialización en
incentivos fiscales I+D+i

Acompañamiento en todas las fases del proceso

Agilidad en los plazos y alto nivel de soporte técnico

Contacta con nuestro equipo técnico y descubre cómo podemos ayudarte a obtener tus CAE con rigor, rapidez y todas las garantías.

PREGUNTAS FRECUENTES

Se entiende por muestrario el resultado de las actividades realizadas para el desarrollo de un conjunto de prototipos potencialmente convertibles en un nuevo producto. 

El 12% sobre los gastos elegibles como Innovación Tecnológica, conforme al artículo 35 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.  

No. Solo las correspondientes a Fase 2 (diseño y definición) y Fase 3 (materialización de prototipos). 

No es obligatorio, pero la certificación permite solicitar Informe Motivado Vinculante y aporta mayor seguridad jurídica.  

Sí. La deducción se aplica sobre las fases previas de diseño y prototipado (Fases 2 y 3), aunque la colección ya haya sido comercializada . 

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Nuestro equipo puede analizar tu caso y orientarte sobre los requisitos, la documentación necesaria y los pasos para iniciar el proceso con ACERTA. Contáctanos sin compromiso y en menos de 24 horas te responderemos.

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