Huella de carbono

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La verificación de la huella de carbono es un proceso que se utiliza para garantizar la precisión y la credibilidad de los informes de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) de una organización, demostrando el compromiso de la entidad con la mitigación de los efectos del cambio climático.

La Huella de Carbono es una medida de la cantidad de Gases de Efecto Invernadero o GEI (en toneladas de CO2 equivalentes) que produce directa o indirectamente una actividad.

Los Gases de Efecto Invernadero (GEI) que se consideran son los que siguen:

La Huella de Carbono nos da una medida del impacto que el desarrollo de una actividad o proceso tiene lugar en el medio ambiente.

Se trata de un indicador ambiental, de impacto y de sostenibilidad frente al cambio climático, ya que permite calcular la cantidad de Gases de Efecto Invernadero que emitimos a la atmósfera.

El cálculo de la Huella de Carbono puede hacerse en 3 ámbitos diferentes:

PREGUNTAS FRECUENTES

Las siglas en ingles DNSH, definen el principio de “no causar un perjuicio significativo al medio ambiente” el cual se deberá cumplir para garantizar que las medidas del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia (PRTR) no causen daño en ninguno de los seis objetivos medioambientales considerados en el Reglamento de Taxonomía (Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020).

El principio DNSH se basa en 6 objetivos medioambientales a partir de los cuales se lleva a cabo la evaluación medioambiental de las actuaciones.

El Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia (MRR), regulado por el Reglamento (UE) 2021/241, exige que todos los proyectos financiados respeten el principio de “no causar un perjuicio significativo al medio ambiente” (DNSH).

Este principio debe ser validado mediante una autoevaluación o una revisión documental; sin embargo, algunas convocatorias específicas exigen que la validación sea realizada por una entidad acreditada por ENAC.

Este requisito también se ha extendido a determinadas líneas financiadas con fondos FEDER, como ocurre en algunas ayudas gestionadas por CDTI (ej. LIC, LICA, PID), donde se exige la validación DNSH externa como parte del proceso de justificación.

1. Mitigación del cambio climático. En referencia a la producción de gases de efecto invernadero.

2. Adaptación al cambio climático. Actividades que causen impacto en el clima, personas o entorno.

3. Uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos. No perjudicar el buen estado ecológico de las aguas superficiales, subterráneas, o marinas.

4. Economía circular. Prevención y reciclado de residuos, así como eficiencia en el uso de recursos naturales.

5. Prevención y control de la contaminación. Evitar un aumento significativo de emisiones de contaminantes en la atmósfera, el agua o el suelo.

6. Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas. No afectar negativamente la resiliencia de los ecosistemas ni el estado de conservación de hábitats y especies.

Un Certificado de Ahorro Energético (CAE) es un documento electrónico que acredita oficialmente que una actuación de eficiencia energética ha generado un ahorro verificable de energía final, expresado en kilovatios hora (kWh). Estos certificados forman parte del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética y requieren la verificación por entidades acreditadas por ENAC, conforme a la normativa aplicable.

Se trata de un instrumento que permite monetizar los ahorros energéticos, recuperando parte del coste de las inversiones realizadas en materia de eficiencia energética, de forma que el usuario final podrá recibir una contraprestación si vende los ahorros obtenidos para su posterior certificación mediante el Sistema de CAE.

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