Huella del agua

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La verificación de huella de agua consiste en determinar exactamente la cantidad de agua dulce invertida (directa o indirectamente) en la producción de un bien de consumo, un proceso, un servicio ofertado o, simplemente, en el funcionamiento de una empresa u organización.

Siendo el agua un recurso escaso, limitado pero esencial en los distintos sectores productivos, empresas de diferente naturaleza encuentran en la evaluación de la Huella de Agua, una herramienta de referencia para la mejora continua en el uso sostenible de los recursos hídricos.

La huella de Agua es un indicador de sostenibilidad que se basa en la Norma ISO 14.046:2014 por la que se establece una metodología para la evaluación del uso del agua de productos, procesos y organizaciones a través del análisis de su ciclo de vida.

La metodología de la Huella de Agua se basa a su vez en la metodología del Análisis de Ciclo de Vida (ACV), que sirve para conocer los distintos impactos ambientales que surgen a lo largo de todo el ciclo de vida de un producto (también estandarizada por la ISO 14040 y 14044).

Existen principalmente dos esquemas de referencia para el cálculo y gestión de las Huellas relacionadas con el agua:  el Water Footprint Network para el cálculo y gestión de la Huella Hídrica, y la norma ISO 14046 para el cálculo y evaluación de la Huella de Agua. Mientras que el primero (Huella Hídrica) se centra en la cuantificación del agua consumida, el segundo (Huella de Agua), de manera adicional, evalúa también los impactos ambientales asociados, bajo un enfoque de análisis del ciclo de vida.

PREGUNTAS FRECUENTES

Las siglas en ingles DNSH, definen el principio de “no causar un perjuicio significativo al medio ambiente” el cual se deberá cumplir para garantizar que las medidas del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia (PRTR) no causen daño en ninguno de los seis objetivos medioambientales considerados en el Reglamento de Taxonomía (Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020).

El principio DNSH se basa en 6 objetivos medioambientales a partir de los cuales se lleva a cabo la evaluación medioambiental de las actuaciones.

El Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia (MRR), regulado por el Reglamento (UE) 2021/241, exige que todos los proyectos financiados respeten el principio de “no causar un perjuicio significativo al medio ambiente” (DNSH).

Este principio debe ser validado mediante una autoevaluación o una revisión documental; sin embargo, algunas convocatorias específicas exigen que la validación sea realizada por una entidad acreditada por ENAC.

Este requisito también se ha extendido a determinadas líneas financiadas con fondos FEDER, como ocurre en algunas ayudas gestionadas por CDTI (ej. LIC, LICA, PID), donde se exige la validación DNSH externa como parte del proceso de justificación.

1. Mitigación del cambio climático. En referencia a la producción de gases de efecto invernadero.

2. Adaptación al cambio climático. Actividades que causen impacto en el clima, personas o entorno.

3. Uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos. No perjudicar el buen estado ecológico de las aguas superficiales, subterráneas, o marinas.

4. Economía circular. Prevención y reciclado de residuos, así como eficiencia en el uso de recursos naturales.

5. Prevención y control de la contaminación. Evitar un aumento significativo de emisiones de contaminantes en la atmósfera, el agua o el suelo.

6. Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas. No afectar negativamente la resiliencia de los ecosistemas ni el estado de conservación de hábitats y especies.

Un Certificado de Ahorro Energético (CAE) es un documento electrónico que acredita oficialmente que una actuación de eficiencia energética ha generado un ahorro verificable de energía final, expresado en kilovatios hora (kWh). Estos certificados forman parte del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética y requieren la verificación por entidades acreditadas por ENAC, conforme a la normativa aplicable.

Se trata de un instrumento que permite monetizar los ahorros energéticos, recuperando parte del coste de las inversiones realizadas en materia de eficiencia energética, de forma que el usuario final podrá recibir una contraprestación si vende los ahorros obtenidos para su posterior certificación mediante el Sistema de CAE.

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